Sostenibilidad material María Eugenia De la Rosa Leal
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En estas normas se observa la atención de los ODS y la interpretación de sostenibilidad empresarial.
Recientemente en 2022, ante la propuesta de la ONU de los informes de sostenibilidad en el ODS 12 se incorpora de manera normativa el concepto la materialidad ambiental como una exigencia de representación de los efectos socio ambiental de y para la empresa. Utilizando el término de transparencia ambiental, considerando que su falta de representación material deja a la empresa a salvo de cualquier responsabilidad.
La materialidad de la sostenibilidad se convierte en un factor para medir el impacto sustancial positivo o negativo de los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza en la rentabilidad de la empresa y sus grupos de interés. No obstante, no existe la metodología objetiva para evaluar la materialidad, siendo el mecanismo sugerido la matriz de causa y efecto de riesgos e impactos (De la Rosa Leal , 2021).
Conforme un estudio de la materialidad de la sostenibilidad de De la Rosa (2023) el resultado de uso de métricas del Task Force en industrias, las de mayor énfasis son: a) la existencia de controversias públicas contra la empresa por conceptos ambientales; b) La existencia de acciones legales contra la empresa; y c) La presencia significativa de aspectos de gestión ambiental. Dando con esta la personalidad del criterio y atención empresarial de transparencia de la sostenibilidad.
Metodología y resultados
El objetivo de este trabajo es el estudio de los principios, fundamentos y alcance de la sustentabilidad como concepto apropiado en las conductas empresariales. Para lo cual se analizó la evolución epistemológica de la sustentabilidad empresarial en los enfoques sustentables presentados anteriormente.